Verdad Escrita. |12|08|2024|
El vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Francisco Vargas, afirmó que la realización de un referéndum debe cumplir con las condiciones que establece la Constitución Política del Estado (CPE) y en la normativa electoral vigente en el país.
“Respecto a la posibilidad de realizar un referendo nacional de manera simultánea a las elecciones judiciales, es importante precisar que el referendo por iniciativa estatal depende del cumplimiento previo de las condiciones estipuladas en la CPE y en la normativa electoral”, escribió en sus redes sociales.
El 10 de julio, el diputado del ala arcista del Movimiento Al Socialismo (MAS) Juan José Jauregui presentó una acción de inconstitucionalidad abstracta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en la que pide que se declare la nulidad de dos artículos, el 152 del Código de Procedimiento Constitucional y del penúltimo párrafo del 23 de la Ley de Régimen Electoral.
El objetivo es que el presidente pueda convocar por decreto a referéndum para modificar la Constitución de forma parcial, es decir, pretende evitar el filtro de la Asamblea Legislativa.
A la vez, Vargas recordó que uno de los requisitos para la consolidación de la consulta es la evaluación técnica que debe realizar el ente electoral a las preguntas planteadas, con el fin de que sean claras, precisas e imparciales.
Luego esas consultas deben pasar al TCP para el control de constitucionalidad y posterior aprobación, cumplido ese paso, recién se convocará a referéndum 90 días antes de su realización.
“Posteriormente pasa al TCP, para el control de constitucionalidad. Después de esto se deberá convocar a referendo con 90 días de anticipación, mínimamente, a la fecha de su realización”, añadió.
Finalmente, consideró que el desarrollo de las elecciones judiciales y el referéndum dependerá del tiempo en que se realice la revisión además de contar con los recursos necesarios. Aseguró que el TSE se encargará de cumplir lo que establece la norma fundamental.
“En consecuencia, la realización simultánea de ambos procesos electorales dependerá de los plazos para su revisión, además de contar con los recursos necesarios oportunamente. El TSE se abocará a cumplir lo establecido en la CPE y la ley”, concluyó.
Fuente: ANF – Agencia de Noticias Fides