Verdad Escrita. |22|08|2024|
Tras haber recibido la nota del presidente Luis Arce con las cuatro preguntas para el referéndum propuesto, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) comenzó su análisis técnico bajo los criterios de claridad, precisión e imparcialidad.
El artículo 18 de la Ley 026 del Régimen Electoral establece que el TSE cuenta con el plazo de 72 horas para realizar la evaluación. Concluida esa etapa, se enviará la respuesta al mandatario quien después deberá remitir las preguntas al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), a efecto de su control de constitucionalidad.
“Si el TCP declara la constitucionalidad de las preguntas, el Presidente será quien emita el Decreto Supremo de convocatoria para la referendo. La Ley 026 precisa también que la convocatoria deberá ser emitida con una anticipación de por lo menos 90 días a la fecha de realización del día de la votación”, señala el TSE.
Si la iniciativa fuese declarada inconstitucional por el TCP, se dará por concluido su trámite, remarca el ente electoral.
Las cuatro preguntas planteadas para el referéndum están relacionadas a la reelección presidencial, distribución de escaños y la subvención a los hidrocarburos.
El TSE reiteró que la evaluación de las preguntas se circunscribe bajo los criterios de claridad, precisión e imparcialidad. La Ley 026 señala que se podrá incluir redacciones alternativas a las con el fin de que se cumplan los tres criterios fundamentales.
Fuente: Erbol